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miércoles, 7 de mayo de 2014

La Ley andaluza de Memoria rompe con el olvido y exige la presencia judicial ante crímenes imprescriptibles

Pedro J. Ortega | Publicado en el Nº 271 de la edición impresa de Mundo Obrero abril 2014
La Junta de Andalucía, como parte del Estado democrático, asumirá el deber público de memoria como respuesta a los derechos de verdad, justicia y reparación. 
La Ley de Memoria Democrática de Andalucía, presentada recientemente en forma de anteproyecto, es muestra de que el sur de España sigue en la antípoda del Gobierno de Rajoy en materia legislativa. Mientras la Ley de Memoria Histórica de 2007 -que en su día aprobara el Gobierno de Rodríguez Zapatero- ha quedado derogada en la práctica por su falta de concreción y por la labor incansable del Ejecutivo de Mariano Rajoy para sacarla de los Presupuestos Generales del Estado, Andalucía ha abordado de forma integral la Memoria Democrática, concepto que integra y amplía la idea -y también la práctica- de la conocida como Memoria Histórica.
 
El texto andaluz tiene sus raíces en los inicios de la anterior legislatura, allá por 2008, cuando el Grupo Parlamentario de IULV-CA, a instancias del Partido Comunista de Andalucía, impulsó la creación de un grupo de trabajo con el objetivo de elaborar esta Ley. Lo cierto es que entonces IU no tenía peso político en la Cámara andaluza pues contaba solo con seis diputados. José Manuel Mariscal, secretario general del PCA, era uno de ellos y fue el encargado de coordinar ese grupo interdisciplinar. Mariscal considera que el resultado de aquel trabajo fue “un texto ambicioso y un tanto provocador” que ponía en cuestión las políticas de memoria marcadas por la mayoría absoluta del PSOE en Andalucía que tenían su buque insignia de la Ley estatal de Memoria de 2007.
 
Son muchos los fallos de esa Ley de Zapatero. No sólo por la ausencia de medidas coercitivas para sancionar a los ayuntamientos negados a retirar la simbología franquista, sino porque delegaba la respuesta pública a los derechos de las víctimas en la voluntad subvencionable de las asociaciones de familiares y situaba las exhumaciones como un hecho técnico-arqueológico. Mariscal lo expone así: “La Ley de Zapatero asumía de facto la reaccionaria jurisprudencia, contraria al derecho internacional sostenida por el Tribunal Supremo”. La Ley de 2007, por tanto, no cuestiona que los crímenes del franquismo o bien han prescrito o están amparados por la Ley de Amnistía de 1977.
 
Este primer Proyecto de Ley resultante del Grupo de trabajo coordinado por el PCA fue finalmente rechazado en el año 2010 por la mayoría parlamentaria aplastante del PSOE en Andalucía, y obviamente también por el PP, pero en este texto se encontraban ya las líneas maestras de la Ley que ahora se presenta, toda vez que IU ha entrado a formar parte del Gobierno andaluz y ha coordinado el trabajo desde el departamento que dirige Diego Valderas.
 
Para el PCA la importancia de esta Ley, tal y como recoge finalmente el anteproyecto, reside en que hace de la Memoria Democrática una construcción conceptual que integra y amplía la idea y la práctica de la conocida como Memoria Histórica. En primer lugar porque junto a la memoria de la represión y de las víctimas, incluye por fin el relato de las luchas por las libertades y por los derechos sociales hasta las masivas movilizaciones sociales por las que el pueblo andaluz conquistó el acceso al autogobierno, en 1982. Además, la Ley se ocupa de rememorar la larga resistencia popular contra la dictadura, protagonizada por cierto durante décadas por el Partido Comunista de España.
 
En segundo lugar porque el texto asume que el deber público de la Memoria, como respuesta a los derechos de verdad, justicia y reparación, corresponde esencialmente al Estado democrático. Se trata, por tanto, de crímenes cometidos por el Estado fascista español encarnado en la Junta de Burgos o en la posterior dictadura y por ello, es su sucesor, el actual Estado monárquico-parlamentario, el que debe asumir la responsabilidad de establecer oficialmente el relato veraz de lo ocurrido, de honrar a las víctimas y de juzgar a los culpables.
 
Frente a la privatización de las actuaciones memorialistas que establece la Ley de 2007, la Ley de Memoria Democrática de Andalucía se sustenta en un principio radicalmente opuesto: la Junta de Andalucía, como parte del Estado democrático, asume como propio el deber público de memoria.
 
José Manuel Mariscal señala como positivo el amplio proceso de participación y debate de la propuesta inicial, con decenas de foros, asociaciones y grupos de expertos, más el trabajo propio del equipo de la Consejería que preside Diego Valderas, que “ha enriquecido y mejorado el articulado de la ley”. Pero sin duda, lo que supone un éxito para los comunistas -aún provisional- de la estrategia de negociación desarrollada por Izquierda Unida, es “la capacidad de elaborar un discurso al mismo tiempo ambicioso y posible, apoyado por la mayoría del movimiento memorialista” frente a un Partido Socialista Obrero Español reticente a apoyar la norma.
 
En conclusión, la Ley andaluza de Memoria no constituye en absoluto un desarrollo o profundización de la Ley estatal del 2007 sino que por el contrario, se trata de una ruptura con los principios políticos y la propia concepción del ejercicio de la memoria de la Ley de Zapatero. Esa ruptura se sustancia en la afirmación que hace la Ley andaluza de la presencia pública y el deber inexcusable del Estado en tanto que, por un lado, reconoce el profundo déficit de olvido que supuso la Transición y por otro, exige la presencia judicial ante evidencias de crímenes imprescriptibles, así como la anulación de los consejos de guerra franquistas.
 
LOS PRINCIPALES EJES DE LA LEY DE MEMORIA DEMOCRÁTICA
Estas son los ejes sobre los que se desarrollan todas las propuestas que recoge la Ley andaluza, que son también, a grandes rasgos, las líneas que el Partido Comunista ha defendido y que constituyen su forma de entender y de practicar la lucha por la Memoria.
  • El establecimiento de un censo oficial de víctimas;
  • La presencia obligatoria de la Junta de Andalucía en todos los procesos de localización, exhumación e identificación de víctimas;
  • La exigencia de presentar denuncia judicial en cuanto aparezcan restos de asesinados;
  • La obligatoriedad para los ayuntamientos de retirar la simbología franquista en un plazo establecido ya que, en caso contrario, será la Junta quien los retire de oficio o el establecimiento de un régimen sancionador con tipificación de delitos y cuantificación de sanciones.
  • La obligatoriedad de introducir en el currículo escolar los contenidos propios de la Memoria Democrática
  • La protección territorial de los Lugares de Memoria
  • La creación del Instituto Andaluz de Memoria Democrática, que dé cuerpo y arroje luz sobre el genocidio franquista y la resistencia popular.

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